Coordinación de la RIA (2021)

Cometidos

La persona que coordine la RIA será responsable del impulso, coordinación y gestión de la red, según lo establecido en el protocolo general de actuación y de acuerdo con las directrices que reciba del Comité Directivo (CD).

Podrá pertenecer a una de las instituciones firmantes o a terceras entidades que sean agentes del sistema español de I+D+i.

Las partes firmantes del protocolo general de actuación declaran la intención de realizar las siguientes actuaciones a través de la persona coordinadora de la RIA:
a) Promover iniciativas que determine el CD, y coordinar la participación voluntaria en las mismas de las instituciones firmantes del PGA u otras entidades interesadas en las mismas.
b) Informar periódicamente al CD sobre los asuntos que correspondan a la gestión de la RIA.
c) Elaborar y presentar al CD, para su aprobación previa, los documentos que se emitan o publiquen en nombre de la RIA, y aquellos que elabore a petición del CD.
d) Elaborar y presentar al CD informes periódicos de los resultados de la actividad de la red.
e) Elaborar e implementar el plan de comunicación y difusión, incluyendo la coordinación de los medios digitales de divulgación.
f) Resolver las incidencias que se produzcan en el normal funcionamiento de la RIA, informando si fuese necesario al CD.
g) Coordinar los grupos de trabajo permanentes y las comisiones técnicas temporales de la RIA.
h) Responder a los requerimientos del MCIN relativos al Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares, previa consulta al CD o por
delegación de éste.
i) Informar a la Comisión Nacional de Astronomía y a las instituciones firmantes del PGA, cuando éstas lo requieran, sobre las actividades de la RIA.
j) Tomar cualesquiera otras medidas necesarias para el buen funcionamiento y coordinación de la RIA, y otras que pueda delegarle el CD.

La persona coordinadora de la RIA será el principal canal de enlace de la Red con la Secretaría General de Investigación en los temas de su competencia, a la que informará regularmente de sus actividades a través de la presidencia de la RIA.

En el nombramiento de la persona coordinadora, se procurará que la persona seleccionada no pertenezca a ninguna de las infraestructuras implicadas en la RIA y que, si lo hiciera, se vele para que no haya una preponderancia continuada en la RIA de una infraestructura respecto del resto.

En este enlace está disponible la información relativa al Coordinador de la RIA en la etapa previa a la aprobación del PGA.